En resumen: un estudio de pensión Ley 73 confirma el régimen y las semanas del cliente, revisa la conservación de derechos, calcula el salario promedio de las últimas 250 semanas, aplica la cuantía del Art. 167 según su grupo de salario, suma asignaciones familiares o ayuda asistencial, aplica el porcentaje por edad y el incremento del 11%, y termina con escenarios de Modalidad 40 si el cliente quiere mejorar su pensión.
Los pasos
Confirma el régimen
Si el cliente empezó a cotizar antes del 1 de julio de 1997, puede pensionarse por Ley 73. Si empezó después, su pensión se calcula por Ley 97, con su cuenta de Afore. Si además cotizó en el ISSSTE, anótalo desde ahora: cambia el análisis.
Consigue la constancia de semanas cotizadas
El reporte detallado, con salarios por periodo, es lo que permite calcular el promedio. Revisa que las semanas estén reconocidas: Ley 73 pide al menos 500.
Revisa la conservación de derechos
Si el cliente dejó de cotizar, confirma si todavía conserva sus derechos y qué cambia si se reincorpora. Si ya los perdió, el resto del estudio cambia por completo.
Calcula el salario promedio de las últimas 250 semanas
Es el paso donde ocurren más errores: periodos traslapados, semanas sin salario, topes o un salario capturado en mensual en lugar de diario. Revísalo dos veces.
Ubica el grupo de salario y aplica el Art. 167
Divide el salario promedio entre el salario mínimo para saber en qué grupo cae. Ese grupo define la cuantía básica y el incremento anual por cada 52 semanas cotizadas arriba de las primeras 500.
Suma asignaciones familiares o ayuda asistencial
Por ejemplo, 15% por esposa o concubina, o la ayuda asistencial cuando el cliente no tiene dependientes. Olvidarlas es uno de los errores más caros, porque el cliente las va a recibir.
Aplica el porcentaje por edad
La pensión por cesantía depende de la edad a la que se retire el cliente. Muéstrale la tabla completa (abajo) para que decida con números.
Aplica el incremento del 11%
Las pensiones de Ley 73 llevan un incremento del 11% (factor 1.11) sobre el monto calculado.
Compara contra la pensión mínima garantizada
Si el resultado queda por debajo, el cliente recibe la mínima. Explícaselo antes de que lo descubra solo.
Modela Modalidad 40, si aplica
Compara escenarios por número de UMAs y meses: cuánto invierte, cuánto sube su pensión y en cuánto tiempo recupera lo invertido. Si ya debería estar pagando, calcula el retroactivo con actualización y recargos.
Arma el reporte para tu cliente
Datos del trabajador, resultado, tabla por edad, escenarios de Modalidad 40 y una nota clara de que es una estimación. Con tu marca, para que el cliente recuerde quién lo asesoró.
Porcentaje de la pensión por edad
| Edad al pensionarse | Porcentaje de la cuantía | Tipo de pensión |
|---|---|---|
| 60 años | 75% | Cesantía en edad avanzada |
| 61 años | 80% | Cesantía en edad avanzada |
| 62 años | 85% | Cesantía en edad avanzada |
| 63 años | 90% | Cesantía en edad avanzada |
| 64 años | 95% | Cesantía en edad avanzada |
| 65 años | 100% | Vejez |
Ley del Seguro Social de 1973, Art. 171.
Errores que más cuestan
- Calcular el promedio con semanas que el IMSS no reconoce.
- Usar el salario mínimo o la UMA de otro año.
- Olvidar las asignaciones familiares o la ayuda asistencial.
- No revisar la conservación de derechos de un cliente que dejó de cotizar.
- Confundir salario mínimo y UMA al simular Modalidad 40.
Esta guía describe el proceso de trabajo de un profesional. Los montos que resultan de un estudio son estimaciones: el monto definitivo lo determina el IMSS en la resolución de pensión.
Hacer el estudio en minutos
Suite de Pensiones sigue este mismo orden: el Lector de Constancia llena los datos, la calculadora de Ley 73 aplica el Art. 167 (validada contra resoluciones reales del IMSS), muestra la tabla por edad, compara hasta 5 escenarios de Modalidad 40 y genera el PDF con tu marca. Si quieres compararla con lo que usas hoy, revisa la comparativa de herramientas.